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Universidad Tecnológica de la Selva

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Convocatoria “Servicio de Cafetería y comedor”


 

 LA UNIVERSIDAD TECNOLÒGICA DE LA SELVA

 

Convoca:

A las personas físicas y morales interesadas en participar en el uso y aprovechamiento de un espacio para uso del servicio de cafetería y comedor escolar ubicado en el interior de las instalaciones de la Universidad Tecnológica de la Selva, con domicilio en Entronque Tonina Km. 0.5 Carretera Ocosingo Altamirano, Ocosingo, Chiapas. C.P. 29950, Teléfono (919) 67 3 09 73 Ext. 1206, bajo las siguientes:

 

Bases

Podrán participar todas las personas físicas o morales que tengan capacidad económica para ofrecer un servicio de cafetería-comedor y que tengan experiencia en el ramo.

 

I. Requisitos para los participantes y presentación de propuesta:

 

Los aspirantes podrán ser personas físicas o morales; quienes deberán presentar la siguiente documentación:

a. Presentar curriculum vitae de la persona física o moral, donde manifieste su experiencia en el ramo.

b. Presentar copia de identificación oficial vigente.

c. Presentar registro federal de contribuyentes emitido por el sistema (Servicio de Administración Tributaría).

d. Presentar proyecto de distribución y/o mejoras de infraestructura y equipos.

e. Presentar proyecto de servicios que deberá contener lo siguiente:

1. Menú básico (anexo1) y sugerido, que incluya todos los productos a ofertar y sus precios, método para el manejo y conservación de los alimentos.

2. Descripción de personal que participara en la prestación del servicio (cantidad y tipo), nombre de la persona encargada del establecimiento en el caso que sea distinto al del posible concesionario, medidas de seguridad e higiene y limpieza, manejo de basura, fumigación entre otras.

 

g. Presentar carta compromiso en la que se establezca que el personal que labora en la cafetería contará con el uniforme y el equipo necesario para el buen manejo de los alimentos.

h. Presentar carta donde manifieste bajo protesta de decir verdad, no tener ningún tipo de parentesco en línea recta o colateral, en cualquier grado con los integrantes del comité que dictamine los resultados.

i. En caso de resultar ganador, deberá presentar escrito en donde se compromete a aceptar a los alumnos que así lo requieran realizar sus prácticas profesionales.

 

II. OPERACIÓN:

a. La operación de la cafetería y comedor se realizará mediante el régimen de concesión para el uso y aprovechamiento de espacios en las instalaciones de la universidad, para el servicio exclusivo de la cafetería y comedor.

b. Deberá cubrirse el horario de servicio de lunes a viernes de 7:00 a 18:00 horas, con la posibilidad de extenderse hasta las 20:00 horas.

c. El personal que opere la cafetería deberá hacerlo con vestimenta adecuada al servicio y contar con equipo de protección personal para reducir la propagación del COVID-19 (todo el tiempo cubre bocas, caretas y gorro de cocina).

d. No podrán expenderse ni almacenarse en la cafetería bebidas alcohólicas, cigarrillos, publicaciones, productos farmacéuticos o cualquier otro producto que la UTSelva considere inconveniente o nocivo para la salud de los consumidores o usuarios.

e. No se podrá realizar ningún tipo de festividades o actividades con fines de proselitismo de cualquier especie, ni conductas que contravengan en el orden de la UTSelva.

f. Cualquier modificación al espacio designado deberá ser autorizada por la rectoría de la UTSelva.

g. El concesionario será responsable de contar y/o gestionar los permisos necesarios para el funcionamiento de la cafetería y cumplir con las obligaciones sanitarias y administrativas que le apliquen.

h. El equipamiento especializado será a cuenta del concesionario, quien será responsable de los riesgos, daños y deteriorados.

i. El espacio a ocupar de la cafetería, solo será utilizado para tal fin y solo deberá estar el personal autorizado por la universidad e informado por el concesionario.

j. Los alimentos a expender deberán contener ingredientes nutricionales y de buena calidad.

k. Los precios deberán ser accesibles para la comunidad de la UTSelva, deberá considerar que la mayoría del alumnado es de escasos recursos. La lista de los precios de cada uno de los productos que expenderá, deberán ser menores o iguales a los existentes en el mercado común o accesible a la comunidad universitaria, salvo aquellos productos que estén sujetos a un control de precio oficial; por lo tanto, el concesionario deberá presentar un escrito que contenga la lista de precios teniendo el visto bueno de las autoridades de la universidad.

l. El donativo voluntario mensual será de $ 4,000.00 (cuatro mil pesos 00/100 m.n), por el uso goce y disfrute del espacio, dentro de las instalaciones de la universidad, para el servicio exclusivo de cafetería. Dicho donativo, se realizará dentro de los primeros cinco días de cada mes.

m. El concesionario deberá apegarse a las normas de higiene y calidad en los alimentos y/o productos que ofrece, así mismo apegarse a los lineamientos del Sistema de Gestión Ambiental aplicable a la cafetería Utselva (A-AyF-08).

n. Colocar en cada acceso de entrada a la cafetería, área de caja y barra de servicio, contenedores de gel antibacterial al 70% de alcohol para el uso de los consumidores, manteniéndolos siempre a un 50 % de su capacidad.

o. Colocar en cada acceso de entrada a la cafetería, tapetes desinfectantes de calzado (solución de agua con cloro).

p. Todos los alimentos perecederos de fácil descomposición deberán ser mantenidos en refrigeración.

q. El personal destinado a la presentación del servicio de la cafetería dependerá exclusivamente del concesionario y bajo ningún concepto podrá ser considerado como empleado o trabajador de la universidad, por lo cual el concesionario en este acto libera expresamente a la universidad de cualquier responsabilidad de carácter laboral, fiscal y de seguridad social que al respecto pueda existir.

r. Bajo ninguna circunstancia, el personal de la UTSelva participara en la prestación de los servicios de la cafetería ni en el de mantenimiento de los locales.

s. El concesionario deberá fijar en las carteleras ubicadas en lugares visibles del propio establecimiento, la relación de los productos que oferta y sus precios.

t. El concesionario no podrá hacer uso de las instalaciones con fines distintos establecidos, ni alterar el orden y paz de la comunidad

universitaria, así mismo respetará todas y cada una de las disposiciones de la legislación universitaria.

u. En el expendio de alimentos de consumo directo no envasado previamente (pan, sándwiches, fruta, ensalada, etc.) las personas destinadas a su manejo no podrán manipular dinero o realizar tareas que impliquen contaminación de los alimentos, exceptuando aquellas que utilicen pinzas metálicas y eviten el contacto con los productos alimenticios.

v. Las mesas que se ocupen en el interior de la cafetería deberán tener un acrílico en medio de la mesa como separador, y deberán respetar las medidas de sana distancia entre una y otra, no ocupando cada mesa, más de 2 (dos) personas.

 

IV. ALIMENTOS (ANEXO 1)

 

Menú básico

Un desayuno se constituye por:

. Una bebida (a escoger: café o agua de fruta natural)

. Un desayuno (de tres opciones)

. Tortilla

Una comida se constituye por:

. Una comida (tres opciones)

. Tortilla

. Agua de fruta de la temporada

 

V.- Información de entrega de la documentación solicitada:

Los interesados deberán presentar a la dirección de administración y finanzas los requisitos descritos en el numeral I, en sobre cerrado rotulado con los siguientes datos: nombre, domicilio y teléfono, del 30 de mayo al 02 de junio del año en curso, en horario de 10 a 14 horas; es importante mencionar, que el participante que no entregue la documentación completa implicara que se tenga por no presentada la solicitud. VI.- Criterios de asignación:

El comité para tal efecto, realizará una reunión, en donde se analizará y dictaminará sobre las propuestas recibidas.

El dictamen del comité se dará a conocer el día 03 de junio del 2022, los resultados serán publicados en los medios oficiales de la Universidad Tecnológica de la Selva.

VII.- Convenio:

El participante que resulte ganador, deberá firmar el convenio con la UTSelva por un periodo que comprenderá del 06 de junio al 31 de diciembre del 2022. Con el apercibimiento que en caso de incumplimiento deberá desocupar los espacios físicos y bienes concedidos, reservándose la UTSelva la facultad de ocuparlos cuando lo considere pertinente.

Ocosingo, Chiapas; a 26 de mayo del 2022.

 

 

Atentamente

 

“La causa de la educación tecnológica

es una, con el desarrollo sustentable”

 

Rectoría

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